El senador por San Juan planteó una vacatio legis parcial para los artículos impugnados ante el Tribunal Constitucional, al considerar que podrían vulnerar disposiciones de la Constitución.
Santo Domingo, República Dominicana. El senador por la provincia San Juan, Félix Bautista, propuso ante el Senado de la República que 84 artículos de la Ley No. 74-25, que instituye el nuevo Código Penal dominicano, queden bajo una vacatio legis de tres meses, con el propósito de que sean revisados por el Congreso debido a los cuestionamientos constitucionales que enfrentan.
Durante los debates legislativos, Bautista explicó que los artículos representan aproximadamente el 21 % del contenido del nuevo Código Penal y que actualmente son objeto de 12 acciones directas de inconstitucionalidad presentadas ante el Tribunal Constitucional por diversas instituciones y personalidades.
El legislador argumentó que resulta prudente suspender temporalmente la entrada en vigor de esas disposiciones hasta que exista claridad sobre su constitucionalidad, evitando así futuras modificaciones obligadas por decisiones del máximo intérprete de la Constitución.
Como ejemplo, citó el artículo 29, numeral 6, relativo a las penas complementarias, el cual establece que una persona condenada por difamación podría ser sancionada, además de la pena principal, con la inhabilitación temporal de hasta cinco años o incluso permanente para ejercer su profesión.
A juicio del senador, esa disposición contradice el artículo 62, numeral 2, de la Constitución de la República, que garantiza el derecho al trabajo, por lo que consideró que su aprobación podría generar conflictos constitucionales.
Bautista recordó además la experiencia ocurrida con la Ley No. 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, aprobada en 2018, de la cual el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales 12 artículos, ordenando posteriormente al Congreso realizar las modificaciones correspondientes.
El senador sostuvo que una situación similar podría repetirse con el nuevo Código Penal si el Congreso promulga artículos que posteriormente sean anulados por el Tribunal Constitucional.
En ese sentido, afirmó que la mayoría congresual aprobaría el Código aun cuando existen disposiciones que, según su criterio, presentan incompatibilidades con la Constitución, por lo que advirtió que el Tribunal Constitucional podría volver a exhortar al Congreso a corregir esos errores.
La propuesta de vacatio legis comprende un total de 84 artículos, entre ellos los numerales 2.10, 8, 12, 24, 47, 48, 49, 68, 106, 107, 108, 110, 111, 124, 130, 131, 136, 142, 158, 170, 173, 176, 177, 184, 185, 188, 192, 195, 207, 208, 209, 210, 211, 214, 221, 225.6, 225.9, 226.13, 227, 229, 232, 260, 261, 263, 271, 273, 275, 278, 283, 284, 285, 286, 290, 297, 299, 303, 304, 305, 308, 310, 311, 312, 315, 317, 320, 324, 325, 327, 330, 334, 337, 339, 340, 341, 351, 352, 354.1, 367, 379, 380, 384, 388 y el 29.6.
La iniciativa busca que esos artículos sean objeto de un análisis más profundo antes de su aplicación, mientras el Tribunal Constitucional conoce los recursos de inconstitucionalidad presentados en su contra.


















